Dra. Elsa Somerville

Estudio Juridico Previsional y Civil

Emilio Lamarca 1814 Cap. Fed.             Te 4639-4584


Información

BUENAS  NOTICIAS PARA OBTENER  SU JUBILACION:
TODAVIA   PUEDE  JUBILARSE, CON  o SIN APORTES.

La ley de jubilaciones establece como requisitos para obtener una jubilación,  la edad  de 60 años para las mujeres y de 65 años para los hombres  y  reunir  además, 30 años de aportes (salvo algunos regímenes especiales que requieren menos edad y aportes).
Este último requisito, es obviamente el más difícil de cumplir, puesto que como es de público conocimiento, vivimos en un país bastante inestable económicamente, con empresas que cierran,  con trabajos  en negro, con extensos períodos de desocupación (que impiden aportar  con regularidad ), etc, etc., situaciones éstas  que hace realmente dificultoso reunir, al momento de solicitar una jubilación,  la totalidad de los aportes comprobables que requiere la ANSES, y también,  la documentación respaldatoria de esos años.
Hoy por suerte,  se encuentra vigente una moratoria (la ley 24476), que ayuda a paliar todas estas dificultades a la hora de iniciar los trámites, permitiéndoles,  a los efectos de obtener su jubilación, varias opciones:

  1. Regularizar aportes autónomos adeudados. Esto es para que aquéllas personas, por ej.  cuenta propistas, pequeños comerciantes, empresarios, etc, que en algún momento aportaban y no pudieron pagar más. Esta moratoria, les permite ponerse  al día.-
  2. Puede acogerse a la misma, por la totalidad de los años requeridos para obtener la jubilación. Este sería el típico caso de la  llamada Jubilación-Ama de Casa-, o sea, aquéllas personas (ya sea, mujer u hombre),  que nunca aportaron, ya sea porque nunca trabajaron fuera de su casa o porque tuvieron que trabajar en negro.
  3. O puede completar los años que le faltan para reunir los años requeridos. O sea, si al momento de cumplir la edad,  tiene 20 años de aportes comprobables, puede acogerse a la moratoria, por los 10 años faltantes.

Esta moratoria resulta ser una herramienta  muy beneficiosa, ya que no sólo le permite reunir o completar los 30 años exigidos, sino porque  además, se lo permite hacer de una manera  económica (en cuanto a su capital e intereses),  y al alcance de todos, puesto que en la actualidad, sólo paga de su bolsillo,
la primera cuota de la misma (las cuotas restantes se descuentan de la jubilación).
Cabe destacar que, a lo largo de la historia, ha habido un sin fin de moratorias de todo tipo, pero siempre se ha exigido para solicitar una jubilación, la cancelación total de la moratoria antes de  iniciar el trámite de la misma, por lo que esta posibilidad (de abonar sólo la primera cuota), resulta por cierto, ser más que ventajosa.
Esta moratoria le ofrece la posibilidad de elegir un plan de de pagos de hasta 60 cuotas, en pesos y en cuotas fijas. El monto de las mismas puede ser, dependiendo de cada caso en particular, entre $ 25 a $ 320.- Por ejemplo, siguiendo con el ejemplo anterior, si tiene que completar 10 años de aportes, el monto de la cuota  será de aprox. $ 150.-
Cabe señalar que, con la nueva ley de movilidad jubilatoria, se prevéen dos aumentos por año en las jubilaciones, por lo que su haber jubiltorio irá aumentado, manteniéndose fijas las cuotas de la moratoria,  hasta su cancelación, resultando también esto beneficioso, sobre todo, en periodos inflacionarios.-
Como verá, ésta es una buena noticia y una buena oportunidad para hacer valer sus aportes (si no son suficientes),  o para preparar su futura jubilación, haciéndolo de una forma realmente conveniente.
Cada caso, como cada persona,  tiene sus particularidades, las que tienen que ser merituadas para aprovechar más cabalmente esta moratoria, ya que la misma tiene algunas limitaciones, dependiendo por ejemplo, si es argentino o extranjero, la edad actual, los aportes efectuados a lo largo de su vida,  etc., lo que merece un análisis particular en cada caso concreto, realizado por profesionales especializados en la materia.
Dra.Elsa Somerville – abogada previsionalista

Buenos Aires 20 de Ocubre de 2012

 

 

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